{"id":46447,"date":"2023-03-10T04:44:31","date_gmt":"2023-03-10T04:44:31","guid":{"rendered":"https:\/\/agenciaice.mx\/?p=46447"},"modified":"2023-03-10T04:44:31","modified_gmt":"2023-03-10T04:44:31","slug":"establece-congreso-del-estado-agravantes-al-delito-de-feminicidio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.tabloideinformativo.com\/?p=46447","title":{"rendered":"ESTABLECE CONGRESO DEL ESTADO AGRAVANTES AL DELITO DE FEMINICIDIO"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image alignleft size-large is-resized\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/agenciaice.mx\/wp-content\/uploads\/2023\/03\/Establece-Congreso-del-Estado-1024x683.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-46430\" width=\"210\" height=\"140\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p><strong><em>Hermosillo, Sonora.-<\/em><\/strong> Ante la necesidad de consagrar en la norma penal del Estado el contexto social que demanda establecer nuevos supuestos de razones de g\u00e9nero e incluir agravantes al delito de feminicidio, el Pleno del Congreso aprob\u00f3 reformas al C\u00f3digo Penal del Estado de Sonora.<\/p>\n\n\n\n<p>Los integrantes de la LXIII Legislatura aprobaron que la penalidad a quien cometa el delito de feminicidio, que va de 45 a 70 a\u00f1os de prisi\u00f3n y multa de dos mil a cinco mil Unidades de Medida y Actualizaci\u00f3n, aumente en una mitad m\u00e1s de la establecida como m\u00e1xima para este delito cuando se actualicen las agravantes de que sea cometido por servidor p\u00fablico en cualquier etapa del delito y cuando fuere cometido por dos o m\u00e1s personas.<\/p>\n\n\n\n<p>Con base a una iniciativa que el 6 de abril de 2022 presentara ante esta Soberan\u00eda la diputada Ernestina Castro Valenzuela, la Comisi\u00f3n de Justicia y Derechos Humanos elabor\u00f3 el dictamen con proyecto de Decreto que reforma el Art\u00edculo 263 BIS del C\u00f3digo Penal del Estado de Sonora, el cual fue aprobado por unanimidad de la asamblea.<\/p>\n\n\n\n<p>La legisladora plante\u00f3 en la exposici\u00f3n de motivos que tom\u00f3 como referencia las recomendaciones nacionales e internacionales emitidas en la materia, los aciertos de las legislaciones locales, las caracter\u00edsticas comunes identificadas en las conductas feminicidas y los reclamos de la sociedad civil, con la finalidad de eliminar las barreras normativas que enfrentan las sobrevivientes, las v\u00edctimas y sus familiares en la b\u00fasqueda de justicia, verdad y reparaci\u00f3n integral.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n para propiciar que las muertes violentas de mujeres en M\u00e9xico sean investigadas con perspectiva de g\u00e9nero, a partir de elementos comunes que brinden certeza jur\u00eddica a las v\u00edctimas y sus familiares, y posibiliten identificar similitudes respecto a la incidencia de esta conducta delictiva, expuso.<\/p>\n\n\n\n<p>Otras agravantes que contiene el Decreto son: que el delito sea cometido por persona que tenga el deber de cuidado sobre la v\u00edctima; que sea cometido por conductor de veh\u00edculo de transporte de pasajeros, turismo o cualquier otra modalidad en el desarrollo de su trabajo; que el activo haya obligado a la v\u00edctima a ejercer la prostituci\u00f3n, actos de explotaci\u00f3n o trata de personas, y en presencia de personas con quienes la v\u00edctima tuviere un v\u00ednculo de consanguinidad o afinidad; o cualquier otra relaci\u00f3n de hecho o amistad.<\/p>\n\n\n\n<p>Los supuestos como razones de g\u00e9neros son: hallazgos del cuerpo o los restos; que sean expuestos, exhibidos, depositados, arrojados u ocultados en un lugar p\u00fablico o de libre concurrencia; estado de indefensi\u00f3n de la v\u00edctima; existan antecedentes sobre cualquier tipo de violencia contra las mujeres de las previstas en la Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia; o exista o haya existido una relaci\u00f3n sentimental, afectiva o de confianza, ya sea por parentesco, matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, cohabitaci\u00f3n, noviazgo o cualquier otra relaci\u00f3n de hecho o amistad.<\/p>\n\n\n\n<p>En esta sesi\u00f3n ordinaria, el Pleno aprob\u00f3 de manera un\u00e1nime el Acuerdo mediante el cual el Congreso del Estado resuelve emitir un exhorto al Instituto Nacional del Suelo Sustentable, INSUS, con el objeto de que, en el uso de sus facultades legales, realice o impulse todas aquellas acciones t\u00e9cnicas, legales o de fiscalizaci\u00f3n, que permitan a los propietarios o poseedores en tr\u00e1mite de regularizaci\u00f3n de predios o solares bald\u00edos ubicados en el municipio de Navojoa, Sonora, contar con la debida certeza jur\u00eddica.<\/p>\n\n\n\n<p>El diputado Pr\u00f3spero Valenzuela M\u00fa\u00f1er plante\u00f3 que lo que se busca es que no sean afectados de sus derechos de propiedad o de posesi\u00f3n, producto de los procesos de compra venta que se realizan de los predios o solares bald\u00edos establecidos en dicho Municipio.<\/p>\n\n\n\n<p>Expuso que Navojoa se encuentra con un gran atraso en la regularizaci\u00f3n de predios, ya que est\u00e1n en estado irregular y tienen la necesidad de ser atendidos por las autoridades se\u00f1aladas, de manera que las personas que se encuentran inmersas en dicha situaci\u00f3n puedan tener la certeza jur\u00eddica de la propiedad en la que est\u00e1n asentadas, lo que abonar\u00eda en beneficio de la administraci\u00f3n municipal, con el cobro de impuestos por la prestaci\u00f3n de los servicios b\u00e1sicos.<\/p>\n\n\n\n<p>Turna Presidencia iniciativas a comisiones<\/p>\n\n\n\n<p>En el desarrollo de la sesi\u00f3n ordinaria, la Presidencia turn\u00f3 a la Comisi\u00f3n de Asuntos del Trabajo una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley que crea el Centro de Conciliaci\u00f3n Laboral del Estado de Sonora, presentada por el diputado Sebasti\u00e1n Antonio Ordu\u00f1o Fragoza, integrante del grupo parlamentario del Partido del Trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>El legislador propuso armonizar algunas contradicciones que considera presenta la referida norma, como los requisitos estipulados para ser Director del Centro de Conciliaci\u00f3n, ya que se contradice la fracci\u00f3n III del Art\u00edculo 49 con el resto del articulado, sostuvo, en virtud de que se debe contar con t\u00edtulo profesional con a\u00f1os de antig\u00fcedad, pero en el mismo art\u00edculo se establece una experiencia m\u00ednima de tres a\u00f1os y no haber desempe\u00f1ado un cargo de elecci\u00f3n popular en los tres a\u00f1os anteriores, y no haber sido dirigente de asociaciones patronales o sindicatos.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEn todos los supuestos se establecen tres a\u00f1os, m\u00e1s no en el t\u00edtulo y c\u00e9dula, cuando solamente se requieren tres a\u00f1os de experiencia, por lo que, para armonizar, propongo que se reduzca el plazo de antig\u00fcedad del t\u00edtulo y c\u00e9dula profesional a tres a\u00f1os antes de tomar el cargo\u201d, asever\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>La iniciativa se turn\u00f3 para estudio a la Comisi\u00f3n de Asuntos del Trabajo, mientras que la Comisi\u00f3n de Salud estudiar\u00e1 una iniciativa presentada por el diputado \u00d3scar Eduardo Castro Castro, integrante del grupo parlamentario de MORENA, con proyecto de decreto que adiciona un p\u00e1rrafo tercero al Art\u00edculo 76 de la Ley de Salud para el Estado de Sonora, con el objeto de que los m\u00e9dicos internos de pregrado y residencias no presten su servicio por m\u00e1s de doce horas consecutivas, salvo casos extraordinarios.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEscuchamos que es muy com\u00fan que los m\u00e9dicos internos de pregrado presten sus servicios por bastantes horas en forma consecutiva sin tener el debido descanso y en ocasiones hasta por 36 y\/o 48 horas, poniendo en riesgo su salud y tambi\u00e9n la de las personas que atienden, lo cual pudiera llevar a un accidente o imprudencia que pudiera causar hasta la muerte\u201d, expres\u00f3 el legislador.<\/p>\n\n\n\n<p>Agreg\u00f3 que en ocasiones los m\u00e9dicos internos de pregrado, al continuar su formaci\u00f3n y no ser parte de la plantilla laboral como tal, son discriminados y hasta se abusa de su disponibilidad y tiempo, cuando el descanso y la recreaci\u00f3n son derechos fundamentales.<\/p>\n\n\n\n<p>La Comisi\u00f3n de Justicia y Derechos Humanos estudiar\u00e1 una iniciativa presentada por las diputadas que integran el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de M\u00e9xico, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones al C\u00f3digo de Familia para el Estado de Sonora.<\/p>\n\n\n\n<p>Se trata de que cuando se cometa el delito de feminicidio, si el victimario tiene hijas o hijos con la v\u00edctima, perder\u00e1 la patria potestad, aunque haya sido en grado de tentativa y no volver\u00eda a recuperarla, afirm\u00f3 la diputada Brenda Lizeth C\u00f3rdova B\u00fazani.<\/p>\n\n\n\n<p>La legisladora agreg\u00f3 que es necesario regular la relaci\u00f3n que deber\u00e1n tener las hijas e hijos con el padre feminicida, ya que este delito se castiga en el C\u00f3digo Penal del Estado de Sonora y de \u00e9l se derivan muchas consecuencias, dentro de las que destacan la custodia y patria potestad de las y los ni\u00f1os adolescentes, que quedan hu\u00e9rfanos de madre, sobre todo cuando el agresor es el padre, quien tiene que purgar una condena y sus descendientes quedan al desamparo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hermosillo, Sonora.- Ante la necesidad de consagrar en la norma penal del Estado el 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